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Procesos Administrativos
Defensor del Asegurado El procedimiento ante el Defensor es Informal y Gratuito para los asegurados. La decisión del Defensor sólo será obligatoria para el asegurado si acepta la Resolución. La presentación de un reclamo no limita su derecho a recurrir posteriormente ante el órgano jurisdiccional, ni de desistir en cualquier momento el procedimiento. El reclamo no procede cuando se haya acudido previamente a una instancia administrativa, judicial, arbitral o de mediación previa a la vía judicial, salvo que se desista de estas vías en forma expresa. Si el reclamante acudiera a alguna de las instancias antes que el Defensor emita su decisión, éste se abstendrá de decidir y archivará el caso. La Resolución que dicte el Defensor será de cumplimiento obligatorio para la Aseguradora que haya adherido al sistema. 1 - ¿Dónde iniciar el reclamo?
Para iniciar el trámite el asegurado podrá dirigirse: Para consultas telefónicas: 54 11 4312-7790 2 - Quiénes pueden presentar un reclamo ante el defensor del Asegurado? Los asegurados: Personas físicas o jurídicas que hubieran celebrado un contrato de seguro con un asegurador adherido. Los beneficiarios: No se dará curso a reclamos de terceros Deberá agotarse previamente la vía administrativa interna ante la aseguradora 3 - Monto del conflicto Monto mínimo: $ 2.000.- (pesos dos mil) 4 - Datos necesarios para iniciar el reclamo:
5 - Coberturas incluidas Seguros masivos:
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